miércoles, 22 de julio de 2015

Cómo calcular el pago trimestral de IRPF como autónomo

Los autónomos que hayan elegido la estimación directa tienen que hacer 4 pagos trimestrales del IRPF cada año. Los 3 primeros se debían de presentar del 1 al 20 del mes de abril, julio y octubre y el último se presenta del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Aunque el autónomo no haya ingresado nada, eso no hace que no tenga que presentar la declaración. Esta deberá presentarse en negativa y, dependiendo de la tipología, debería de calcular lo que tiene que pagar de IRPF de manera distinta. Dependiendo del tipo de profesional y autónomo que se sea la cantidad a pagar y el pago es distinto.

Las actividades profesionales, de manera general, presentan un 20% del rendimiento neto obtenido durante todo el trimestre. En esa cantidad se debe deducir la actividad de arrendamiento de inmuebles y cesión de cualquier derecho de imagen, ingreso a cuenta o retención.

Además de deducir estos importes, también se podrá deducir en un futuro todo lo que se haya obtenido de los rendimientos de trabajo o actividades económicas. Eso sí, siempre y cuando el resultado sea mayor o igual que cero, ya que en caso contrario la deducción no podrá realizarse de ninguna forma.


Deducciones de adquisición de viviendas

Los autónomos que dediquen parte de su patrimonio a adquirir o rehabilitar una vivienda disfrutarán de deducciones. Para poder deducirlo tendrán que utilizar financiación ajena, por ejemplo a través de un banco, a partir de la que tendrán derecho a deducir esa inversión.

Para ser más exactos los autónomos se beneficiarán del 2% del rendimiento neto y de un máximo de 660 € por trimestre para los rendimintos menores de 34.000 € y de un 0,55% para aquellos que tengan una estimación objetiva inferior a esa cantidad de ingresos.

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